Perjuicios por baches,
árboles, playas de estacionamiento y tránsito: ¿Donde reclamar?
¿Qué se debe hacer si un bache es causante
de rotura de mi auto y lesiones a mi persona?
Se puede iniciar una demanda civil por daños y perjuicios contra los
responsables del bache, en la cual reclamará una indemnización
en concepto de daño moral, físico, daño emergente y lucro
cesante.
Si se produce en una ruta o autopista concesionada, se deberá que reclamar
ante la empresa a cargo. Si ocurre en una ruta nacional o autopista nacional
no concesionada el reclamo se eleva a la Dirección Nacional de Vialidad.
En las calles, avenidas y autopistas urbanas no concesionadas el reclamo se
efectuará ante la autoridad municipal correspondiente.
El reclamo en Capital Federal se debe hacer en la Mesa General de Entradas y
Archivo ubicada en Av. Rivadavia 524, Tel. 4323-9400 internos 2058/59 o 2187
Tel.: 4323-9400 interno 2187.
La nota del reclamo debe estar acompañarla por:
-Denuncia policial.
-Fotografías del siniestro.
-Documento de identidad (Original y Fotocopia)
-Acreditación de la titularidad del vehículo (Original y fotocopia
del Título y Cédula Verde)
-Póliza de seguros. (Original y Fotocopia)
-Tres (3) Presupuestos de reparación de daños
Con estos elementos se conformará un expediente en el que intervendrán
las correspondientes áreas al Gobierno de la Ciudad afectadas al reclamo
¿Dónde tramitar el reclamo si un árbol
cae y aplasta mi vehículo?
En caso de producido el siniestro la persona damnificada puede iniciar el reclamo
de resarcimiento económico por daño casual ante el Gobierno de
la Ciudad.
El reclamo se inicia en la Mesa General de Entradas y Archivo ubicada en Av.
Rivadavia 524, Tel. 4323-9400 internos 2058/59 o 2187.
La nota del reclamo debe estar acompañado por:
1. Denuncia policial.
2. Fotografías del siniestro.
3. Documento de identidad (Original y Fotocopia)
3. Acreditación de la titularidad del vehículo (Original y fotocopia
del Título y Cédula Verde)
4. Póliza de seguros. (Original y Fotocopia)
5. Tres (3) Presupuestos de reparación de daños
Con estos elementos se conformará un expediente en el que intervendrán
las correspondientes áreas al Gobierno de la Ciudad afectadas al reclamo.
¿Qué hago si me chocan o roban el auto
en un estacionamiento?
El propietario de la cochera deberá responder por los gastos. Si bien
en tales lugares se encuentran carteles que dicen deslindar responsabilidades,
por el contrario, el concesionario tiene responsabilidad civil por los daños
y perjuicios que pueda ocasionar a terceros y sus pertenencias.
Está obligado a contratar un seguro y el cliente debe ser indemnizado
ya que está avalado por la Ley de Defensa del Consumidor, según
lo establece su artículo 37 donde se especifica que carecen de
validez las cláusulas por las que las empresas pretenden liberar responsabilidades
ante el consumidor.
Las playas de estacionamiento de los supermercados están sujetas a las mismas obligaciones.
En la Ciudad de Buenos Aires se puede reclamar ante la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor, Esmeralda 340, 2º Piso, Tel.: 5382-6200/6210, lunes y jueves de 10:00 a 12:00 hs.
En el caso de tratarse de playas de estacionamiento concesionadas por el Gobierno
de la Ciudad se podrá reclamar asimismo ante el:
Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad de
Buenos Aires, Bartolomé Mitre 760, 9º piso, Tel. 4344-3463 /64/65
de lunes a viernes de 11:00 a 17:00 hs.
¿Qué debo hacer si la
carga de un transporte cayó y me dañó el vehículo?
La carga o parte de esta que cayera sobre un vehículo hará responsable
al conductor del transporte cuyo seguro contra tercero resarcirá los
daños provocados.
En caso de que ocurriera el siniestro se deben tomar los datos de identificación
del conductor, del transporte, Nro. de póliza de seguros, Nro. de patente,
y realizar la denuncia policial y en su compañía de seguros.
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. Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires